Acessibilidade / Reportar erro

El proceso de armonización contable en latinoamérica: camino hacia las normas internacionales

Resúmenes

Actualmente, tras el acuerdo firmado en 1995 entre el IASB y la IOSCO, junto con el plan de convergencia establecido entre el IASB y el FASB en 2002, el proceso de armonización contable se encuentra en un momento de enorme efervescencia. Durante las últimas décadas, numerosos organismos han participado activamente en el proceso de mejora de la comparabilidad de la información financiera de todas las empresas que actúan en un mismo mercado globalizado. Recientemente, la tendencia observada es hacia las Normas Internacionales de Contabilidad (que ahora han pasado a denominarse International Financial Reporting Standards) como único conjunto de normas de contabilidad aceptadas a escala internacional. En este contexto, el objetivo de este trabajo es analizar el proceso de armonización contable en América Latina, detallando los esfuerzos realizados para lograr la convergencia de las normas contables. Para ello, se cree conveniente centrar en las principales contribuciones llevadas a cabo por dos grupos que a fechas actuales han alcanzado resultados: el Grupo de Integración del MERCOSUR de Contabilidad, Economía y Administración - GIMCEA y el Comité para la Cooperación en Asuntos de Informes Financieros del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica - AFTA, analizando el proceso en los países que han establecido mecanismos formales para lograr la convergencia: Argentina y Brasil (miembros del GIMCEA), Chile y México (miembros del AFTA). Una vez expuestos los modelos armonizadores de los diferentes países, se cree conveniente realizar un estudio comparativo de los tratamientos contables dispares existentes entre las normas internacionales del IASB, los principios contables americanos del FASB, y las normas contables Latinoamericanas (Argentinas, Brasileñas, Chilenas y Mexicanas), determinando las áreas en las que es preciso continuar avanzando para lograr la convergencia de normas contables.

Armonización Contable; América Latina; Comparabilidad; Normas Internacionales de Contabilidad


Nowadays, after the agreement signed between the IASB and the IOSCO in 1995, together with the actual convergence plan between the IASB and the FASB in 2002, the harmonisation process is in a state of effervescence, advancing in order to establish just one set of accounting standards that could be used for both domestic and cross-border financial reporting. For decades, leading accounting theories have advocated the harmonization of accounting principles world-wide to end the confusion and lack of comparability. In recent years, there has been a clear trend towards International Accounting Standards (now known as International Financial Reporting Standards-IFRS) as the single body of internationally accepted accounting standards. In this context, the objective of this article is to analyze the efforts made in the accounting harmonization process in Latin America to achieve the convergence of accounting standards. This research focuses on the Economic, Accounting, and Administration MERCOSUR Integration Group - GIMCEA and on the American Free Trade Agreement Committee for Cooperation on Financial Reporting Matters - AFTA. The article studies the four major economies in this region: Argentina, Brazil (countries from GIMCEA), Chile and Mexico (countries from AFTA), because they have already achieved results. To progress toward the elimination of significant differences in accounting standards, we analyze and compare the standards of these four countries with global standards, IFRS and US-GAAP, to determine areas of significant discrepancies where progress might be made in harmonizing accounting standards.

Accounting Harmonization; Latin America; Comparability; International Accounting Standards


SEÇÃO INTERNACIONAL

El proceso de armonización contable en latinoamérica: camino hacia las normas internacionales* * Agradezco enormemente el trabajo de evaluación efectuado.

Mercedes Palacios ManzanoI; Isabel Martínez ConesaII

IProfesor del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Murcia - Spain E-mail: palacios@um.es

IIProfesor del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Murcia - Spain E-mail: isama@um.es

RESUMEN

Actualmente, tras el acuerdo firmado en 1995 entre el IASB y la IOSCO, junto con el plan de convergencia establecido entre el IASB y el FASB en 2002, el proceso de armonización contable se encuentra en un momento de enorme efervescencia. Durante las últimas décadas, numerosos organismos han participado activamente en el proceso de mejora de la comparabilidad de la información financiera de todas las empresas que actúan en un mismo mercado globalizado. Recientemente, la tendencia observada es hacia las Normas Internacionales de Contabilidad (que ahora han pasado a denominarse International Financial Reporting Standards) como único conjunto de normas de contabilidad aceptadas a escala internacional.

En este contexto, el objetivo de este trabajo es analizar el proceso de armonización contable en América Latina, detallando los esfuerzos realizados para lograr la convergencia de las normas contables. Para ello, se cree conveniente centrar en las principales contribuciones llevadas a cabo por dos grupos que a fechas actuales han alcanzado resultados: el Grupo de Integración del MERCOSUR de Contabilidad, Economía y Administración - GIMCEA y el Comité para la Cooperación en Asuntos de Informes Financieros del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica - AFTA, analizando el proceso en los países que han establecido mecanismos formales para lograr la convergencia: Argentina y Brasil (miembros del GIMCEA), Chile y México (miembros del AFTA). Una vez expuestos los modelos armonizadores de los diferentes países, se cree conveniente realizar un estudio comparativo de los tratamientos contables dispares existentes entre las normas internacionales del IASB, los principios contables americanos del FASB, y las normas contables Latinoamericanas (Argentinas, Brasileñas, Chilenas y Mexicanas), determinando las áreas en las que es preciso continuar avanzando para lograr la convergencia de normas contables.

Palabras clave: Armonización Contable; América Latina; Comparabilidad; Normas Internacionales de Contabilidad.

ABSTRACT

Nowadays, after the agreement signed between the IASB and the IOSCO in 1995, together with the actual convergence plan between the IASB and the FASB in 2002, the harmonisation process is in a state of effervescence, advancing in order to establish just one set of accounting standards that could be used for both domestic and cross-border financial reporting. For decades, leading accounting theories have advocated the harmonization of accounting principles world-wide to end the confusion and lack of comparability. In recent years, there has been a clear trend towards International Accounting Standards (now known as International Financial Reporting Standards-IFRS) as the single body of internationally accepted accounting standards.

In this context, the objective of this article is to analyze the efforts made in the accounting harmonization process in Latin America to achieve the convergence of accounting standards. This research focuses on the Economic, Accounting, and Administration MERCOSUR Integration Group - GIMCEA and on the American Free Trade Agreement Committee for Cooperation on Financial Reporting Matters - AFTA. The article studies the four major economies in this region: Argentina, Brazil (countries from GIMCEA), Chile and Mexico (countries from AFTA), because they have already achieved results. To progress toward the elimination of significant differences in accounting standards, we analyze and compare the standards of these four countries with global standards, IFRS and US-GAAP, to determine areas of significant discrepancies where progress might be made in harmonizing accounting standards.

Keywords: Accounting Harmonization; Latin America; Comparability; International Accounting Standards.

1 INTRODUCCIÓN

La apertura de las fronteras nacionales como resultado del proceso general de globalización de las economías nacionales y de los procesos de integración regional, tales como el Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (NAFTA), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Unión Europea, ha generado una alteración estructural reflejada en una creciente penetración de las grandes empresas multinacionales en los diferentes sectores de la actividad económica.

La década de los noventa ha sido testigo de la consolidación del fenómeno de la globalización financiera. Numeras empresas han atravesado las fronteras de sus países de origen para captar recursos en los mercados de capitales de todo el mundo, ampliando su campo de acción para satisfacer sus necesidades de capital donde consideran que obtienen mejores condiciones, ya sea en términos de rentabilidad-riesgo o de coste.

La interdependencia creciente en los mercados financieros mundiales exige una mejora de la comparabilidad de la información financiera de todas las empresas que actúan en un mismo mercado globalizado, a través de un acercamiento de las legislaciones contables. Por ello, durante los últimos años, numerosos organismos han participado activamente en el proceso de búsqueda de un conjunto de normas que permitan una plena armonización contable. Recientemente se ha observado una clara tendencia hacia las Normas Internacionales de Contabilidad (que ahora han pasado a denominarse International Financial Reporting Standards - IFRP) emitidas por el International Accounting Standard Board (IASB) como único conjunto de normas de contabilidad aceptadas a escala internacional. Un importante impulso para el IASB fue el acuerdo firmado en 1995 con la International Organisation of Securities Commission (IOSCO), acuerdo que culminó en mayo de 2000 con el compromiso por parte de la IOSCO de recomendar las normas del IASB a los organismos supervisores de las bolsas en ella representados (IOSCO, 2000). Otro importante hecho para el reconocimiento mundial de las Normas Internacionales ha sido la aprobación, el 7 de junio de 2002, de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo en el que se exige, con muy pocas excepciones, que todas las sociedades que coticen en Bolsa y tengan su domicilio social en la Unión Europea preparen sus estados financieros consolidados de conformidad con las IFRS para el año 2005.

Sin embargo, y a pesar de los esfuerzos realizados durante los últimos años, continúan existiendo obstáculos y tensiones, principalmente en Estados Unidos, donde el organismo regulador del mercado adopta una postura de defensa de sus principios, requiriendo a las empresas extranjeras presentar sus estados financieros consolidados basándose en los principios de contabilidad generalmente aceptados (PCGA) estadounidenses - US-GAAP, o alternativamente reconciliar las variables contables fundamentales de las normas aplicadas, normalmente las del país de origen, a los US-GAAP.

La no aceptación de las normas del IASB por parte de la Securities Exchange Commission (SEC) indica que todavía queda un largo camino por recorrer para conseguir unas normas contables aceptadas internacionalmente, si bien, la situación ha cambiado tras firmar el IASB y el Financial Accounting Standard Board (FASB) con fecha 29 de octubre de 2002 un memorándum en Norwalk (USA). El 18 de septiembre de 2002, ambos organismos firmaron un plan de convergencia para desarrollar normas con-tables de alta calidad compatibles, que puedan ser utilizadas tanto para los estados financieros a presentar por las empresas en su país de origen como en otros países. En esta reunión, el IASB y el FASB se comprometieron a realizar un esfuerzo para hacer sus normas totalmente compatibles y a coordinar sus programas futuros de trabajo para asegurar que una vez lograda la compatibilidad, ésta se mantenga en el tiempo. Para lograr la deseada compatibilidad es prioritario:

• emprender un proyecto para eliminar las diferencias existentes entre los US-GAAP y las IFRS;

• eliminar otras diferencias entre IFRS y USGAAP que continuaran hasta enero de 2005, a través de futuros programas de coordinación;

• continuar con los proyectos conjuntos que actualmente se están llevando a cabo;

• animar a los respectivos organismos para coordinar las actividades.

Ante este memorándum, Roel C. Campos, comisario de la SEC, muestra un cambio de opinión, pues manifiesta que encuentra alentador que ambos organismos cooperen para lograr la convergencia de las normas contables (SEC, 2002)1 1 Disponible en la página web http://www.sec.gov/news/press/2002-154.htm . Ahora bien, como apuntó el Presidente de la SEC, "es importante recordar que la Comisión no ha aceptado todavía la cotización bajo las IFRS, dependiendo la aceptación de la calidad de las mismas frente a los US-GAAP". Así pues, surge con mayor fuerza que nunca el compromiso entre el FASB y el IASB por armonizar su normativa.

Por tanto, la convergencia de las normas de información financiera es en la actualidad un asunto que constituye uno de los temas fundamentales dentro de la agenda de los organismos contables líderes del mundo. Los países de la Unión Europea al igual que países del Pacífico Asiático como Australia y Hong Kong están comprometidos hacia la convergencia a las Normas Internacionales en 2005, pero ¿cuál es la posición adoptada en los países de América Latina?

En este contexto, y a la luz de los planteamientos expuestos, el objetivo de este trabajo es analizar la situación actual vigente en América Latina, describiendo los esfuerzos llevados a cabo para lograr la convergencia de las normas contables, y mostrando los logros alcanzados en términos de armonización contable. La justificación de este estudio estriba en tres pilares: las especiales características económicas del contexto latinoamericano, los escasos trabajos de investigación realizados en esta línea, y los grandes esfuerzos de cooperación para lograr la convergencia de normas contables realizados por organismos reguladores como el Grupo GIMCEA y el AFTA.

En la mayoría de los países de América Latina se han llevado a cabo esfuerzos de cooperación para avanzar hacia el establecimiento de una información financiera comparable, eliminándose durante los últimos cinco años numerosas diferencias entre las normas de contabilidad de los respectivos países, principalmente a través de la emisión de normas comunes desarrolladas por proyectos conjuntos entre dos o más países, e iniciativas de cooperación entre sus países y el IASB. La influencia de las normas internacionales del IASB en Latinoamérica se pone de manifiesto en el número de países que han aceptado estas normas como obligatorias: Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras y Panamá, mientras que en Chile, México y Venezuela se establece la aplicación de las Normas Internacionales de forma supletoria, en ausencia de un principio o norma de contabilidad generalmente aceptado.

En este trabajo consideramos conveniente centrarnos en las principales contribuciones llevadas a cabo por dos grupos que a fechas actuales han alcanzado resultados: el Grupo de Integración del MERCOSUR de Contabilidad, Economía y Administración - GIMCEA y el Comité para la Cooperación en Asuntos de Informes Financieros del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica - AFTA. Dentro de estos grupos, hemos analizado el proceso de armonización de los países que ya han establecido mecanismos formales para lograr la convergencia: Argentina y Brasil (países miembros del grupo GIMCEA), Chile y México (pertenecientes al grupo AFTA), pues son los países en los que a fechas actuales se han producido mayores avances.

Para ello, en primer lugar, valoramos la diversidad contable existente a través del estudio de los sistemas contables, describiendo los modelos armonizadores y analizando la propuesta de aproximación a las Normas Internacionales. Tras estudiar los esfuerzos normativos llevados a cabo para obtener equivalencia en la información financiera, se pondremos de manifiesto las diferencias encontradas, desde una perspectiva teórica, en los tratamientos contables que existen actualmente a nivel internacional, realizando un estudio comparativo entre las normas contables Latinoamericanas (Argentinas, Brasileñas, Chilenas y Mexicanas), Normas Internacionales y los principios Americanos. Nos planteamos mostrar en qué opciones vigentes se materializa la diversidad contable existente y valorar el grado de aproximación o distanciamiento en los criterios contables, conociendo cuál es el posicionamiento en los distintos países. En este sentido, el IASB ha publicado varios trabajos en los que se muestran las principales diferencias existentes entre los IFRS y los PCGA de diferentes países (China, Alemania, España, Países del Este, entre otros), pero no ha comparado las normas internacionales con las normas de los países latinoamericanos, de ahí la relevancia de este trabajo.

Para la consecución de nuestro objetivo hemos estructurado el trabajo de la siguiente forma. Tras esta introducción, dedicamos el segundo apartado al estudio del proceso de armonización contable en el grupo GIMCEA, detallando los avances logrados dentro del mismo por Argentina y Brasil. El apartado tercero aborda dicho proceso en el Grupo AFTA, concretando los esfuerzos realizados en los dos países latinoamericanos, Chile y México. Una vez analizadas las medidas adoptadas para alcanzar mayores cotas de armonización y comparabilidad de la información financiera, en el cuarto apartado realizamos un estudio comparativo de las prácticas contables dispares existentes entre la Norma Internacional del IASB, los Principios Contables Americanos del FASB, y las normas contables Latinoamericanas (Argentinas, Brasileñas, Chilenas y Mexicanas), detallando las áreas en las que se ha de continuar trabajando para lograr la convergencia de normas contables. Por último, ofrecemos las conclusiones así como una serie de reflexiones acerca de las implicaciones que supone la aceptación de las Normas Internacionales del IASB en Latinoamérica.

2 EL GRUPO DE INTEGRACIÓN DEL MERCOSUR DE CONTABILIDAD, ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN

El GIMCEA fue creado en 1993 con el objetivo de establecer de forma comparada las principales normas contables profesionales vigentes en cada uno de los países miembros. Está constituido por las siguientes organizaciones: Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas; Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas; Conselho Federal de Contabilidade de Brasil; Instituto Brasileiro de Contadores; Colegio de Contadores de Paraguay; Colegio de Contadores y Economistas del Uruguay; Conselho Federal de Economía de Brasil; Conselho Federal de Administração de Brasil; Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Paraguay, y como miembro observador se incorporó el Colegio de Contadores de Chile.

Desde inicios de la década de los 80, tanto la Asociación Interamericana de Contabilidad como las Jornadas de Ciencias Económicas del Cono Sur han evitado emitir resoluciones que pudieran competir o contradecirse con las Normas Internaciones emitidas por el IASB, a fin de colaborar con la armonización de la normativa contable a nivel regional.

En 1997, la Comisión Especial de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) comenzó la tarea de estudio de armonización con las Normas Internacionales; en este sentido, el Director General del Centro de Estudios Científicos y Técnico, Juan José Fermín del Valle, manifestó la necesidad de mostrar unidad en materia de normas contables profesionales en el ámbito nacional, ya que a nivel del MERCOSUR y dentro de la International Federation of Accountants (IFAC), se plantea la necesidad de armonizar. El 12 de junio de 1997, las Comisiones de Contabilidad y de Auditoría del GIMCEA elevaron al Consejo Directivo un proyecto de declaración. La iniciativa advertía sobre las asimetrías existentes en materia de normas contables y de auditoría, y subrayaba que las normas vigentes en cada uno de los países encuentran en las Normas Internacionales de Contabilidad y de Auditoría un punto común de referencia. Con esta base, el Consejo Directivo del GIMCEA declaró que se deben considerar las Normas Internacionales de Contabilidad y de Auditoría como fuentes relevantes para avanzar en los respectivos procesos de armonización en curso, y recomendó seguir este mismo criterio para la emisión de las normas nacionales correspondientes. Esta Declaración es de suma importancia, pues establece que la armonización de las normas contables y de auditoría se concretará considerando las corrientes de globalización contable, en lugar de limitar la armonización al ámbito del MERCOSUR.

A continuación analizaremos los avances logrados en el proceso de armonización contable de los países del GIMCEA objeto de nuestro estudio: Argentina y Brasil.

2.1 Logros de la Armonización Contable en Argentina

Argentina comenzó la búsqueda de la armonización regional a través de su participación en el GIMCEA. En 1998, la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) aprobó el plan de trabajo propuesto por la CENCyA, buscando evitar diferencias con las Normas Internaciones a través de la incorporación de aquellos temas que las Resoluciones Técnicas no traten y sí lo hagan las Normas Internacionales, mediante la modificación de las Resoluciones Técnicas en aquellos aspectos que no contradigan el modelo contable definido (o que de tratarse distinto no provoquen diferencias significativas) y manteniendo aquellas diferencias que sean importantes para el modelo argentino definido.

En la primera etapa de trabajo se procedió a definir el modelo contable argentino armonizador, estableciendo los cambios necesarios para evitar diferencias con las Normas Internacionales, e incorporando temas no tratados en las normas argentinas y sí en las internacionales (leasing, combinaciones de negocios, instrumentos financieros, utilidad por acción, información por segmentos, entre otros). Durante la segunda etapa se comenzaron a realizar modificaciones de las Resoluciones Técnicas vigentes, proponiéndose a la vez otras nuevas.

A finales de 1998 se inició la elaboración de los Proyectos de Resolución Técnica 5: Marco conceptual de las normas contables profesionales, y 6: Normas Contables Profesionales, sobre la base de las directrices definidas por la CENCyA. Estos proyectos fueron publicados por la FACPCE en julio de 1999, y se pusieron a consulta y análisis desde un punto de vista conceptual por la CENCyA. Durante el primer semestre de 2000 se decidió realizar un análisis comparativo de cada Norma Internacional con la parte pertinente de las propuestas de nuevas normas argentinas, incluir la temática de algunas Normas Internacionales que en principio no se habían considerado en la primera etapa del proceso de armonización, y constituir una comisión de análisis de los trabajos comparativos y de redacción final de los Proyectos 5 y 6 de Resoluciones Técnicas. Como resultado del trabajo, el 8 de diciembre de 2000 se aprobaron las siguientes Resoluciones Técnicas, con vigencia, para aquellas provincias que las adoptaron, a partir de los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2002: Resolución Técnica 16: Marco conceptual de las normas contables profesionales; Resolución Técnica 17: Normas contables profesionales: cuestiones de aplicación general; Resolución Técnica 18: Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular; y Resolución Técnica 19: Modificación a las Resoluciones Técnicas 4, 5, 6, 8, 9, 11 y 14.

Estas Resoluciones Técnicas establecen el reemplazo de las normas contables de valoración y de conversión de estados contables contenidas en las Resoluciones Técnicas 10 y 13, la eliminación de algunas normas de la Resolución Técnica 6 (Estados contables en moneda homogénea), cambios en algunas reglas particulares contenidas en las Resoluciones Técnicas 4 (Consolidación de estados contables), 5 (Medición contable de participaciones permanentes en sociedades sobre las que se ejerce control, conjunto o influencia significativa) y 14 (Información contable de participaciones en negocios conjuntos), y por último modifican algunas normas contables de exposición contenidas en las Resoluciones Técnicas 8 (Normas generales de exposición contable), 9 (Normas particulares de exposición contable para entes comerciales, industriales y de servicios) y 11 (Normas particulares de exposición contable para entes sin fines de lucro).

Por último, en el ejercicio 2002, la FACPCE emitió dos nuevas Resoluciones: Resolución Técnica 20: Instrumentos derivados y operaciones de cobertura, y Resolución Técnica 21: Valor patrimonial proporcional. Consolidación de estados contables. Información a exponer sobre partes relacionadas.

Así pues, entre los años 2000 y 2002, la FACPCE y en su caso los respectivos Consejos Profesionales, han aprobado una actualización de las normas vigentes para armonizarlas con las Normas Internacionales, respetando algunas de las características propias del ejercicio profesional y de la actividad empresarial del país. Para ello ha definido un marco conceptual, con un modelo contable de acercamiento a las Normas Internacionales, adoptando los tratamientos propuestos en las mismas que no generan inconsistencias significativas con su mode-lo. En definitiva, podemos afirmar que los principios contables vigentes en Argentina se adecuan en sus aspectos más importantes a los principios internacionales. La FACPCE sigue atentamente la labor del IASB, y examinará sus futuros pronunciamientos para determinar si el proceso de armonización de las normas contables argentinas con las internacionales requiere la adopción de nuevas medidas.

2.2 Logros de la Armonización Contable en Brasil

Brasil ha iniciado y promovido en los últimos años una serie de transformaciones en su escenario económico encaminadas a la consolidación de un crecimiento económico sostenido. El Gobierno considera prioritario el fortalecimiento y desarrollo de los mercados de capitales, ya que considera que unos mercados ágiles y profundos conforman una alternativa sana a la financiación bancaria, y son condiciones necesarias para la asignación eficaz del ahorro de empresas y particulares hacia la inversión productiva, y para la disminución del coste de capital de dichas empresas.

Sin embargo, el papel de los mercados de capitales brasileños en la financiación empresarial es muy limitado, y por ello el Gobierno ha promovido una serie de actuaciones entre las que destacan la Ley 10303, de 1 de noviembre de 2001, sobre Oferta Pública de Valores (en la que se modifica la Ley 6404 de Sociedades por Acciones y la Ley 6385 que rige el Mercado de Valores), la Ley 10411, de 26 de febrero de 2002 (en la que se modifica la Ley 6385) y el Decreto Presidencial Nº 3995. Esta normativa fija un nuevo marco legal para los mercados de capitales, buscando profundizar el proceso de armonización del mercado de valores brasileño con los demás miembros del MERCOSUR y con los principales mercados internacionales. Entre otras materias destacan un nuevo régimen de gobierno corporativo y una nueva regulación de protección de accionistas minoritarios, un Proyecto de Ley 3741 de 2000 que promueve un incremento de la transparencia informativa a través de la armonización de la normativa contable con los correspondientes estándares en la materia: IFRS o US-GAAP, y unas mayores competencias para la Comisión de Valores Mobiliarios.

La profesión contable brasileña apoya firmemente la convergencia de los PCGA brasileños con las IFRS. En 1997 el Consejo Federal de Contabilidad emitió la Norma Brasileña de Contabilidad Técnica 11, aprobada por la Resolución Nº 820, en la que se señala que en ausencia de una disposición específica local deberán ser aplicadas las Normas Internacionales. El 5 de julio de 1999 fue presentado ante el Ministerio de Hacienda el Anteproyecto de Reforma de la Ley de Sociedades por Acciones, cuyos objetivos son adecuar la parte contable de la ley para mejorar e incrementar la transparencia y calidad de la información contable, establecer las condiciones necesarias para lograr la armonización con las prácticas contables internacionales, y eliminar las dificultadas de interpretación de las normas contables. Por tanto, la aproximación a las Normas Internacionales esta pendiente de la aprobación por parte del Congreso Nacional de la Reforma Parcial de la Ley Societaria, lo que permitirá la modificación de los tratamientos contables para su armonización con las Normas Internacionales.

En este sentido, representantes del mercado de capitales están trabajando en un proyecto de creación de un órgano independiente responsable de la elaboración y revisión de normas contables, la Fundação de Estudos e Normas Contábeis - FENC. Este organismo funcionará como un centro de inteligencia de contabilidad y centrará sus decisiones sobre normativa contable, función desempeñada actualmente por el Consejo Federal de Contabilidad junto al Instituto de Auditores Independientes - IBRACON. Entre sus objetivos, el estatuto de la FENC prevé la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad (Pricewaterhouse Coopers, 2003).

No obstante, la Comisión de Valores Mobiliarios, como agencia responsable de la supervisión y desarrollo de los mercados de capitales en el país, ha venido promoviendo las reformas enunciadas, reformando y emitiendo una serie de instrucciones de desarrollo de la nueva legislación para armonizarlas con las Normas Internacionales. En este sentido, y para las sociedades que cotizan en el Nivel 2 del Nuevo Mercado de la Bolsa de Valores de Sao Paulo (BOVESPA), el Reglamento de Prácticas Corporativas establece que los estados financieros anuales han de elaborarse de acuerdo a las IFRS o los US-GAAP, permitiendo un periodo de carencia de aproximadamente dos años para su aplicación (Bovespa, 2001).

Recientemente han sido aprobados varios pronunciamientos contables que establecen criterios y procedimientos cuyo objetivo es armonizar las prácticas contables brasileñas con las Normas Internacionales. Nos referimos a la Deliberación Nº371/00 de la Comisión de Valores Mobiliarios junto al pronunciamiento del Instituto Brasileño de Contabilidad 26: Contabilización de los beneficios a empleados; la Norma Brasileña de Contabilidad 10.2 emitida en diciembre de 2001 sobre el registro con-table del arrendamiento financiero; la Instrucción Nº 371: Impuesto sobre la Renta y Contribución Social emitida en el año 2002 por la Comisión de Valores Mobiliarios; y la Resolución 19.6: Revalorización de activos del Consejo Federal de Contabilidad emitida en agosto de 2004.

En definitiva, la armonización de las prácticas contables brasileñas se haya actualmente en la agenda de las entidades profesionales y de los reguladores del mercado de capitales y del sistema financiero, pendiente todavía de su desarrollo.

3 EL COMITÉ PARA LA COOPERACIÓN EN ASUNTOS DE INFORMES FINANCIEROS DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE NORTEAMÉRICA

En agosto de 1992, los organismos contables de América del Norte, Canadian Institute of Chartered Accountants, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP)2 2 El IMCP es el ente regulador de la profesión contable en México, tratándose de un organismo profesional que actúa independientemente del gobierno central, agrupando los diferentes colegios estatales de contadores públicos. y el FASB, comenzaron a realizar un proyecto conjunto con la finalidad de lograr la armonización de los PCGA de los tres países de la región NAFTA. Los principales objetivos de este proyecto eran analizar las similitudes y diferencias entre los principios contables de ambos países, identificar las áreas en las que se podría avanzar la armonización, y suministrar a los usuarios de los estados financieros información para incrementar su capacidad y poder comparar los estados de los tres países.

Para cumplir estos objetivos, en 1995 se publicó el documento "Información Financiera en Norteamérica", en el que se efectuaba un análisis de las principales diferencias halladas en los principios contables en Canadá, México y Estados Unidos, comparándose asimismo con las normas emitidas por el IASB para completar el estudio y lograr una armonización internacional y no sólo regional3 3 En concreto para México, el estudio concluyó que las diferencias existentes se debían principalmente a la no existencia de normativa específica para determinados tratamientos, así como a la inflación. . En el informe se identificaron diez áreas con tratamientos contables dispares: efectos en precios cambiantes, combinaciones de negocios, consolidación y método de participación, conversión a moneda extranjera, impuesto sobre la renta, utilidades por acción, contabilidad de pensiones, otros beneficios posteriores al retiro, inversiones, e investigación y desarrollo. Además, se establecieron dos principales recomendaciones: que cada uno de los tres organismos se comprometiera a un programa continuo de enlace y mutua implicación en actividades de establecimiento de normas, y a formar un comité permanente para iniciar y mantener esfuerzos de cooperación.

Como consecuencia de la primera recomendación, se actualizó el informe en años sucesivos, incluyéndose en 1996 las normas emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G., en vista de la posible inclusión en el futuro de Chile en una ampliación del Tratado de Libre Comercio con Norteamérica. Para implantar la segunda recomendación se estableció un comité permanente para iniciar y mantener los esfuerzos de cooperación: el Comité para la Cooperación en Asuntos de Informes Financieros del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (AFTA). El Comité de AFTA comprende representantes de Canadá, Chile, México y Estados Unidos, y se reúne anualmente. El objetivo de este comité es mejorar la calidad y comparabilidad de las normas de contabilidad entre sus miembros emisores de normas, y satisfacer las necesidades de información de los usuarios al mejorar su capacidad para analizar y comparar empresas de los distintos países miembros. Para lograr su misión, el Comité AFTA toma acciones para:

• considerar cualquier área importante de diferencia existente en las normas de contabilidad que pudiera reducirse mediante los esfuerzos de cooperación y mejorar el entendimiento de las diferencias que surgen de diferentes entornos económicos;

• desarrollar recomendaciones sobre qué esfuerzos específicos deben emprenderse para reducir las diferencias importantes existentes en las normas de contabilidad;

• realizar proyectos para identificar las áreas importantes de diferencias potenciales que podrían crearse por las nuevas normas de contabilidad propuestas, y

• considerar el trabajo de otros organismos emisores de normas, en particular el IASB.

En la reunión celebrada en Santiago de Chile en 2001, los cuerpos normativos de los cuatro países del Grupo AFTA ratificaron la voluntad de homologar sus normas de contabilidad a las Normas Internacionales. Canadá y Estados Unidos, por tener miembros en el Consejo del IASB, se encuentran en posición de influir de manera más directa en el desarrollo de las Normas Internacionales. Por su parte, la influencia de México y Chile queda limitada al proceso de exposición pública de las Normas Internacionales, y a su participación a través de los cuerpos consultivos del IASB. A continuación se describirá los esfuerzos de armonización realizados en los países del AFTA objeto de nuestro estudio, Chile y México.

3.1 Logros de la Armonización Contable en Chile

Hasta mediados de los años noventa, la normativa chilena estuvo inspirada en los estándares americanos, debido a que la mayor parte de las operaciones de las empresas chilenas se desarrollaban con el mercado americano. Entre los años 1995 y 1997 se produce un acercamiento y un mayor conocimiento de las Normas Internacionales, tomando el Colegio de Contadores la responsabilidad de armonizar sus normas con éstas, y propiciar la aceptación y observación internacional de las mismas. A finales de 1997 se aprobó el Boletín Técnico Nº 56, en el que se señala que las fuentes de principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Chile son, en primer lugar, los Boletines Técnicos promulgados por el Colegio de Contadores de Chile A.G, a continuación las Normas Internacionales del IASB y los pronunciamientos de organismos extranjeros compuestos por contadores expertos que deliberan sobre asuntos de contabilidad, y por último las prácticas o pronunciamientos bastante reconocidos como generalmente aceptados, por representar la práctica sobresaliente, dentro de una industria particular, o la aplicación inteligente en materia de conocimiento a circunstancias específicas de pronunciamientos que son generalmente aceptados. Asimismo, en ausencia de un Boletín Técnico que dicte un principio o norma de contabilidad generalmente aceptado, se debe recurrir preferentemente a la Norma Internacional correspondiente.

A partir de este año, el Colegio comienza a establecer normas que tienen como referencia las Normas Internacionales. En 1997 se emite el Boletín Técnico Nº 57 sobre contratos de derivados, y el Boletín Técnico Nº 60 en el que se revisan las normas sobre contabilización del impuesto sobre la renta y diferidos, cambiando del método diferido al método del pasivo; en 1998 se aprueba el Boletín Técnico Nº 64 sobre inversiones permanentes en el exterior, que tiene en consideración la Norma Internacional 21; y en el año 2000 se emite el Boletín Técnico Nº70, en el que se señalan las normas relativas al reconocimiento de ingresos por venta de bienes y prestación de servicios. Por último, como resultado del proyecto en proceso iniciado en 2001 sobre combinaciones de negocios, las diferencias existentes con respecto a este tratamiento contable se han visto ampliamente reducidas tras la emisión y aprobación en diciembre de 2002 del Boletín Técnico Nº 72: Combinaciones de negocios, inversiones permanentes y consolidación de estados financieros.

El 17 de mayo de 2004, el Colegio de Contadores de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo celebraron un proyecto "Normas Internacionales de Información Financiera y Normas Internacionales de Auditoría" con el objetivo de converger, adaptar, homologar, emitir y actualizar las normas contables chilenas con las IFRS, tarea que deberá estar concluida en un periodo de cuatro años. En definitiva, en Chile a pesar del avance logrado en los últimos años, todavía queda un camino por recorrer para profundizar el proceso de armonización de normas. Es preciso avanzar en la emisión y/o adecuación de normas chilenas, siendo temas como el valor razonable, la información sobre segmentos de negocio y la contabilidad ambiental, materias sobre las que se debe desarrollar una norma en breve.

3.2 Logros de la Armonización Contable en México

El desarrollo del modelo contable mexicano ha venido marcado por la fuerte influencia que ha ejercido Estados Unidos, de ahí que su sistema contable posea rasgos claramente anglosajones. Reconociendo que la globalización está teniendo un importante impacto en México, el IMCP pasa por un proceso de transformación para adaptarse a los tiempos cambiantes, reestructurando el proceso de establecimiento de normas para asegurar que funciona en línea con el IASB.

El 25 de abril de 2001, el IMCP y otras instituciones de primer nivel lanzaron la iniciativa de constituir una entidad independiente con dos objetivos: emitir normas para el registro y la presentación de la información financiera, y buscar la convergencia con las normas internacionales. Tras enormes esfuerzos, el 10 de mayo de 2002 se constituye el Consejo Mexicano para la Investigación de Normas de Información Financiera (CINIF) como un organismo del sector privado, autónomo, independiente y plural. Esta decisión ha sido respaldada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo. En marzo de 2003, México recibe recursos del Banco Interamericano de Desarrollo a través del proyecto "Convergencia con las Normas Contables Internacionales para la Información Financiera", con el objetivo de apoyar la creación de un organismo contable independiente responsable de la emisión de normas contables locales convergentes y armonizadas con las Normas Internacionales. Finalmente, el 31 de mayo de 2004 se lleva a cabo la entrega formal, por parte del IMCP al CINIF, de la normatividad contable. Su conformación tiene como finalidad generar mayor transparencia y comparabilidad al delegar a un ente independiente la investigación, elaboración y emisión de normas de información financiera homologadas con las Normas Internacionales.

Para cumplir con esta finalidad, el CINIF ha creado un Centro de Investigación y Desarrollo (CID), encargado de efectuar los procesos de investigación, armonización, auscultación, emisión y difusión de las normas de información financiera. El objetivo del CID es avanzar hacia una convergencia de las normas de información financiera nacionales con las internacionales, para lograr una mayor comparabilidad de la información financiera de las entidades mexicanas. Para ello, se está procediendo a comparar los principios nacionales con los principios del IASB y del FASB, identificar las diferencias y someterlas a un proceso de análisis para determinar las razones específicas de las mismas y las posibilidades de conciliación. A partir del 1 de junio de 2004 el CINIF asume la función y responsabilidad de la emisión de las Normas de Información Financiera en México (NIF's). La estructura de los PCGA se con-forma entonces de las NIF's emitidas por el CINIF y los Boletines emitidos por el IMCP que no hayan sido derogados o modificados por el CID.

Los PCGA en México establecen la aplicación supletoria de las normas internacionales exclusivamente cuando no exista norma específica emitida por el IMCP (Boletín A-8). En 1997, México cubrió un vacío importante al emitir una norma de contabilidad sobre utilidades por acción, haciéndola compatible con los requisitos de Estados Unidos y del IASB. Este año también emitió un nuevo boletín sobre conversión de moneda extranjera, y en 1999 revisó sus normas sobre pensiones para alinearlas con las normas de Estados Unidos. En el ejercicio 2000, se modificaron las normas de impuestos sobre la renta para que estuvieran en armonía con Chile y Estados Unidos, cambiando al método del pasivo para la contabilización del impuesto, y se emitió el Boletín C-2: Instrumentos Financieros, el cual requiere el reconocimiento en el estado de situación financiera de todos los instrumentos financieros, ya sean activos o pasivos. En enero de 2002 se emitió el Boletín C-8: Activos intangibles, y en 2003 han sido emitidos varios Boletines: Boletín C-12: Instrumentos financieros con características de pasivo, de capital o de ambos, Boletín B-5: Información financiera por segmentos, y Boletín C-15: Deterioro en el Valor de los Activos de larga duración y su disposición. Los últimos Boletines emitidos han sido en enero de 2004: el Boletín B-2: Objetivos de los estados financieros de entidades con propósitos no lucrativos, Boletín C-9: Pasivo, provisiones, activos y pasivos contingentes y compromisos, y se ha revisado el Boletín D-3: Obligaciones laborales.

Asimismo, durante el 2004 el CINIF ha emitido las siguientes NIF's, las cuales se encuentran en período de auscultación: NIF A-1: Estructura de los PCGA; NIF A-2: Necesidades de los usuarios y objetivos de la información financiera; NIF A-4: Características cualitativas de la información financiera; NIF A-5: Elementos básicos de los estados financieros; NIF A-9: Supletoriedad.

En definitiva, durante los últimos años, México ha realizado un enorme avance en el proceso de armonización contable, emitiendo y modificando su normativa en línea con lo establecido en las Normas Internacionales.

4 DIFERENCIAS ENTRE LAS IFRS, LOS US-GAAP Y LAS NORMAS LATINOAMERICANAS

Una vez analizados los esfuerzos llevados a cabo en los países objeto de estudio para el logro de la convergencia de normas contables, creemos conveniente aportar una visión global de las diferencias existentes entre las normas contables latinoamericanas, internacionales y americanas, realizando un estudio comparativo de los tratamientos contables establecidos.

Uno de los rasgos distintivos del sistema con-table latinoamericano es el entorno económico en el que se desarrolla, caracterizado por altas tasas de inflación. El modelo contable latinoamericano se diferencia del modelo estadounidense y europeo principalmente en el uso recurrente de ajustes con-tables a causa de la inflación. En las últimas décadas, la economía de estos países ha tenido continuos desajustes macroeconómicos con altas tasas de inflación, de manera que tienen una gran cantidad de experiencia en lo que se refiere al tratamiento de la misma, y su contabilidad así lo refleja.

Los PCGA mexicanos y chilenos requieren que los estados financieros reconozcan los efectos de la inflación, con el propósito de presentar toda la información en unidades monetarias comparables, y como consecuencia mitigar el efecto de distorsión de la inflación en los estados financieros. Sin embargo, en Brasil, la corrección monetaria de los estados contables fue suspendida en enero de 1996, al derogar la Ley Nº 9249 del 26 de diciembre de 1995 en su artículo cuarto a la Ley Nº 7799/89 (artículo cuarto) y Ley Nº 8200/91 (artículo primero) (Manual de Contabilidad de Sociedades por Acciones, pp. 501)4 4 La Ley de sociedades brasilera dispuso una metodología simplificada para el cálculo de los efectos de la inflación determinados hasta el 31 de diciembre de 1995. Esta metodología, denominada "Ajuste monetario del balance", consistía en el ajuste de los activos fijos (inversiones, bienes de uso y cargos diferidos) y de las cuentas del patrimonio neto a los índices dispuestos por el Gobierno Federal. El efecto neto del ajuste monetario se contabilizaba en la cuenta "Ajuste monetario del balance", si bien, esta metodología fue suspendida por la Ley Nº 9.249 del 26 de diciembre de 1995. .

En Argentina, durante el régimen de convertibilidad, 1995-2001, y como resultado del Decreto emitido por el gobierno el 22 de agosto de 1995, los entes regulatorios no aceptaron el ajuste por inflación a partir del 1 de septiembre de 1995. Como consecuencia, se dispuso que el ajuste debería ser aplicado solamente con una variación en el índice de precios superior al 8% anual. La inflación ha sido mucho menor a este porcentaje desde el 31 de agosto de 1995 hasta el 31 de diciembre de 2001, y por ello no se ha efectuado el ajuste por inflación. En abril de 2002, basándose en la significativa devaluación de la moneda, el Gobierno estableció que las condiciones de inestabilidad monetaria habían reaparecido a comienzos del año 2002 y por consiguiente la FACPCE emitió la Resolución Nº 241/02, estableciendo que desde el 1 de enero de 2002 los estados contables de las sociedades argentinas deben expresarse en moneda homogénea, aplicando las disposiciones de la Resolución Técnica Nº 6. El 7 de julio de 2002 el Gobierno dictó el Decreto Nº1269/02 que deroga el Decreto Nº 316/95 el cual había dejado sin efecto el ajuste por inflación e instruye a los organismos a emitir las reglamentaciones pertinentes a los fines de la recepción de los balances o estados contables confeccionados en moneda constante. Bajo ambas resoluciones, diciembre de 2001 es considerado el último mes de estabilidad monetaria y el ajuste por inflación debe ser aplicado a partir del 1 de enero de 2002. Finalmente, el 25 de marzo de 2003, el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto Nº 664 dispuso la suspensión del reconocimiento de los efectos de la inflación sobre los estados contables.

Por el contrario, los estados financieros preparados bajo la Norma Internacional y Americana son presentados sobre la base del coste histórico, salvo si se trata de una empresa que presenta su información en la moneda de una economía hiperinflacionaria; en este caso, los estados financieros deben expresarse en términos de la unidad de medida corriente en la fecha del balance, con independencia de que se preparen de acuerdo con el enfoque del coste histórico o con el enfoque del coste corriente.

Pues bien, con el objetivo de resaltar las principales divergencias existentes entre los PCGA en los países analizados, nos centraremos en las diferencias de valoración que surgen habitualmente en la práctica. Las disparidades existentes entre los principios mexicanos, americanos y canadienses han sido analizadas en 2003 bajo el título "Significant Differences in GAAP in Canada, Chile, Mexico and the United States,". Las diferencias existentes entre los principios americanos, internacionales y brasileños fueron analizadas en 2001 por KPMG "Accounting Practices Comparison" (si bien este trabajo no ha sido actualizado) y en octubre de 2004 por Pricewaterhouse-Coopers en el trabajo "Normas Contábeis internacionais (IFRS), norte-americanas (US-GAAP) e as práticas contábeis adotadas no Brasil". Por último, existen varios trabajos recientes en los que se describen las principales desigualdades existentes entre las IFRS y los US-GAAP, tales como FASB's (2004) "International Convergence", Pricewaterhouse-Coopers' (2004) "Similarities and Differences. A comparison of IFRS and US GAAP", y Deloitte (2004) "Key Differences Between IFRS and US GAAP".

Las principales diferencias encontradas en las normas Latinoamericanas, las IFRS y los US-GAAP provienen de los siguientes tratamientos contables:

A. conversión de estados financieros en moneda extranjera;

B. activos intangibles;

C. gastos de investigación y desarrollo;

D. propiedades, planta y equipo;

E. capitalización de gastos financieros;

F. inversiones;

G. impuestos;

H. combinaciones de negocios.

A. Conversión de estados financieros en moneda extranjera

Las diferencias en este tratamiento contable provienen del método empleado para la conversión de los estados financieros. Las distintas regulaciones analizadas, excepto los principios brasileños, distinguen entre filiales que operan independientemente de la matriz y aquellas que actúan como una extensión de la misma.

Si la filial actúa de forma independiente de la matriz, con generalidad se establece la aplicación del método del tipo de cambio de cierre. Bajo este método, los activos y pasivos (ya sean monetarios o no) de la entidad extranjera deben convertirse al tipo de cambio de cierre, y las partidas de ingresos y gastos a los tipos de cambio existentes en las fechas de las correspondientes transacciones. Todas las diferencias de cambio resultantes deben clasificarse como fondos propios hasta que se enajene la inversión neta. Por su parte en Brasil, donde no existe distinción entre empresas que operan independientemente o como extensión de la matriz, se establece directamente este método.

Cuando los estados contables objeto de conversión corresponden a una filial la cual opera como extensión de la propia matriz, el método establecido en las diferentes normativas, excepto en Brasil, es el método monetario/no monetario. En este caso, los estados financieros deben reconocerse inicialmente aplicando el tipo de cambio existente en la fecha de la transacción. Al cierre de cada balance deben valorarse las partidas monetarias aplicando el tipo de cambio vigente al cierre, y las partidas no monetarias, si se contabilizan por su coste histórico, aplicando el tipo de cambio en la fecha de la transacción, y si se contabilizan por su valor razonable de mercado, aplicando el tipo de cambio existente en el momento en que se determine dicho valor. Las diferencias de cambio que surjan en el momento de la liquidación de las partidas monetarias deben reconocerse como ingreso o gasto del ejercicio en que surjan.

En relación con las diferencias de conversión, el tratamiento contable es coincidente en todos los países que aplican el método monetario/no monetario, imputándolas al resultado consolidado, mientras que aquellas que emplean el método del tipo de cambio al cierre las reconocen en los fondos propios consolidados.

B. Activos intangibles

Respecto a los activos intangibles, las diferencias en los principios contables se encuentran en el reconocimiento contable y en el criterio de amortización.

Todos los países analizados contemplan el reconocimiento de los activos intangibles en el activo siempre y cuando exista una razonable certeza de que serán capaces de generar beneficios futuros para la empresa. Bajo la normativa internacional y americana, se diferencia entre los activos intangibles de vida finita, que se capitalizan y amortizan durante su vida útil, y aquellos intangibles con vida indefinida, que no son amortizados, aunque los principios americanos señalan que están sujetos a una prueba anual de deterioro. Esta prueba consiste en la comparación del valor razonable del activo intangible y su valor en libros; si el valor en libros del activo intangible excede a su valor razonable, entonces se reconoce una pérdida por deterioro por la cantidad equivalente a dicho excedente. Una vez que se reconoce una pérdida por deterioro, el valor en libros ajustado del activo intangible constituye la nueva base contable.

Respecto al criterio de amortización, observamos la ausencia de homogeneidad en el período establecido. Las regulaciones de los diferentes países establecen como periodo de amortización la vida útil del bien, señalando la normativa argentina, chilena y mexicana un período máximo de veinte años, que en Brasil se reduce a diez.

C. Gastos de investigación y desarrollo

Del análisis de las normas contables de los diferentes países se desprende la existencia de dos tratamientos diferenciados: activarlos como inmovilizado o reconocerlos como gasto en resultados.

Brasil permite la capitalización de los gastos de investigación y desarrollo siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones, relacionadas con la existencia de garantía acerca del éxito del producto o proceso. Sin embargo, los principios chilenos y americanos señalan que ambos gastos han de llevarse a resultados según se incurra en los mismos. De otro lado, la normativa argentina, mexicana e internacional diferencian entre los gastos de investigación, que se llevan a resultados según se incurren, y los gastos de desarrollo, que se capitalizan y amortizan siempre que se cumplan unos estrictos criterios.

D. Propiedades, planta y equipo

Existen dos criterios alternativos de valoración de los elementos de activo fijo: coste histórico, sin posibilidad de practicar revalorizaciones, y coste histórico más las revalorizaciones oportunas.

Bajo la normativa internacional y americana, han de reconocerse por su coste histórico, neto de depreciación. No obstante, la norma internacional permite como tratamiento alternativo registrarse inicialmente a su coste, y luego ser reexpresados a su valor razonable en la fecha del balance. La normativa americana por su parte no permite las revalorizaciones. La normativa latinoamericana establece que las propiedades, planta y equipo se registren a su valor neto contable, ajustado por la inflación. La revalorización del inmovilizado a su valor razonable está permitida en Argentina y en Brasil (si bien, el Proyecto de Ley elimina la revalorización). Sin embargo, está expresamente prohibido en Chile y México (salvo en determinadas ocasiones).

E. Capitalización de gastos financieros

La diversidad contable existente en el tratamiento de los intereses derivados de la utilización de financiación ajena en la obtención de inmovilizado se centra en el reconocimiento de éstos como mayor valor del inmovilizado o como un gasto financiero en resultados.

De acuerdo con el tratamiento de referencia de la Norma Internacional, los gastos financieros deben reconocerse como gasto del ejercicio en que se incurre en ellos. Sin embargo, como tratamiento alternativo, permite capitalizar los gastos financieros que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de elementos del inmovilizado material que necesariamente requieren un período prolongado de tiempo para estar en condiciones de uso o venta. Entre los gastos financieros se incluyen los intereses de los préstamos a largo y a corto plazo, la amortización de primas de emisión o descuento, los gastos de formalización de préstamos, las cargas por intereses relativos a los arrendamientos financieros, y las diferencias de cambio procedentes de préstamos en moneda extranjera. En Argentina, México y Chile, los gastos financieros han de ser reconocidos como gastos del período en que se devengan, aunque al igual que la Norma Internacional, como tratamiento alternativo se permite su activación.

En Argentina y México el interés a capitalizar es el de la financiación específica obtenida para la construcción del activo relacionado. En Chile, es la porción del coste de interés incurrido durante el período requerido para dejar listos los activos para el uso a que se les destina, no estando la capitalización limitada al adeudo directamente atribuible al activo. Los principios americanos y brasileños no permiten, sino que exigen la capitalización de los gastos financieros para ciertos activos calificados que requieren de un período para dejarlos listos para el uso planeado. El monto de interés a capitalizar es aquella porción del coste de interés incurrida durante el período de adquisición de los activos que teóricamente podría haberse evitado si no se hubieran hecho los desembolsos para los activos, no limitándose al adeudo directamente atribuible al activo.

F. Inversiones

La normativa internacional, americana, argentina y mexicana diferencia entre inversiones mantenidas hasta su vencimiento u originadas por la empresa, que han de ser contabilizadas por su coste amortizado, y el resto, registradas por su valor de mercado. Por el contrario, las normas chilenas y brasileñas no establecen esta distinción, señalando como criterio de valoración el valor más bajo entre el valor de mercado y el coste amortizado. No obstante, en Brasil, las instituciones financieras brasileñas se rigen por una normativa similar a la internacional.

G. Impuestos

A partir de enero de 2001, los impuestos han dejado de ser un área principal de diferencia. En todas las normativas analizadas, el gasto por impuesto diferido se determina usando el método del pasivo, en función de las diferencias temporarias en el balance. Tan sólo siguen existiendo diferencias respecto al descuento de los activos y pasivos por impuestos diferidos: la normativa mexicana y chilena indican que no deben descontarse, pero no lo prohíben expresamente como la normativa brasileña, americana e internacional. Tan sólo está permitido el descuento bajo la normativa argentina.

H. Combinaciones de negocios

Para determinar las diferencias existentes en este tratamiento contable, vamos a analizar en primer lugar los métodos de contabilización permitidos en las diferentes normativas, y a continuación analizaremos el tratamiento previsto para el fondo de comercio que surge tras la aplicación del método de compra.

Las combinaciones de negocios deben contabilizarse usando el método de la compra bajo todas las normativas, si bien en Chile y Argentina se permite el método de unión de intereses bajo determinadas circunstancias. El período permitido para amortizar el fondo de comercio que surge tras la aplicación del método de compra es otra diferencia; el periodo no excederá de veinte años bajo la normativa mexicana, chilena, argentina, mientras que en Brasil se reduce a diez años. Sin embargo, bajo la normativa internacional y americana, el fondo de comercio se capitaliza, pero no se amortiza salvo deterioro.

Por último, también existen diferencias en el tratamiento previsto para el fondo de comercio negativo. Las normas argentinas, brasileñas y la internacional coinciden en el tratamiento, señalando que si dicho fondo de comercio está relacionado con pérdidas o gastos futuros previstos debe reconocerse en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando esas pérdidas tengan lugar. En caso contrario, el fondo de comercio que no exceda del valor razonable de los activos no monetarios identificables adquiridos debe contabilizarse en la cuenta de pérdidas y ganancias a lo largo de la vida útil media de los activos depreciables. Bajo los principios americanos, el fondo de comercio negativo debe imputarse proporcionalmente a todos los activos, excepto los circulantes, los que se vayan a vender, los pagos anticipados y los impuestos diferidos. El fondo restante se reconocerá como una ganancia extraordinaria. En el resto de países analizados, el fondo de comercio negativo debe registrarse como un crédito diferido, y amortizarse en un período que no exceda de cinco años en México, o veinte años en Chile.

A modo de resumen, presentamos una comparación de los tratamientos contables analizados en el Cuadro 1.


5 CONCLUSIONES

La regulación contable ha vivido durante los últimos años una etapa de cambios sin precedentes, dando un giro armonizador consecuencia de la presión ejercida por las empresas multinacionales. Los organismos reguladores contables y bursátiles han participado activamente en el proceso de búsqueda de un conjunto de normas que permitan una plena armonización contable, dirigiendo sus esfuerzos a lograr la convergencia mundial de las prácticas contables y a la creación de un conjunto de normas contables de gran calidad que sea único y derive en mercados de capitales más justos y eficientes. De todas las organizaciones encaminadas a lograr este objetivo, el IASB ha emergido como el organismo más ambicioso, uniéndose muchos países a favor de la armonización de sus normas contables con las emitidas por éste.

En Latinoamérica, los países pertenecientes a los dos grandes mercados que impulsan los efectos de la globalización y regionalización, el MERCOSUR y el NAFTA, han logrado avances en el proceso de armonización contable internacional. El MERCOSUR constituyó en 1993 el Grupo GIMCEA para armonizar el ejercicio profesional de sus países. A través de la CENCyA, ha considerado las Normas Internacionales fuentes relevantes para avanzar en los procesos de armonización, y recomienda seguir este mismo criterio para la emisión de las normas nacionales correspondientes. No obstante, el proceso de armonización llevado a cabo en los países pertenecientes a este grupo, y en concreto en Argentina y Brasil, se encuentra todavía en su primera fase de desarrollo, siendo necesario avanzar en la búsqueda de la convergencia internacional. Por su parte, el grupo NAFTA está inmerso desde 1992 en un proyecto conjunto cuya finalidad es armonizar los PCGA de los países de su región. A través del Comité AFTA está llevando a cabo la homologación de las normas de contabilidad de sus respectivos países con las Normas Internacionales, mejorando la calidad y comparabilidad globales de las normas entre sus miembros.

A pesar de los logros alcanzados en el proceso de armonización emprendido por los organismos emisores de normas de los países analizados, hemos constatado que siguen existiendo un número importante de diferencias entre los PCGA Latinoamericanos, las Normas Internacionales, y los USGAAP. Entre las diferencias más significativas destacan el tratamiento contable de la conversión de estados financieros expresados en moneda extranjera, los activos intangibles, los gastos de investigación y desarrollo, el inmovilizado material, la capitalización de los gastos financieros, las inversiones y las combinaciones de negocios. Por ello, y a pesar del creciente avance que se ha evidenciado en el tiempo hacia la adopción de estándares internacionales, todavía persisten diferencias con las normas locales, como consecuencia principalmente de la no existencia de norma en cuanto a revelación de determinadas materias y por inconsistencias existentes entre ambas normativas. No obstante, la visión de crear un lenguaje contable común empieza a materializarse gracias a los esfuerzos de los organismos líderes. El proceso de convergencia entre el IASB y el FASB se ha acelerado por el requisito de la Unión Europea de emplear las Normas Internacionales para el año 2005. Asimismo, queda patente el esfuerzo que los distintos países latinoamericanos están realizando con el fin de fijar estándares comunes de medición y presentación de la información financiera, para con ello alcanzar la transparencia y comparabilidad de dicha información.

En definitiva, es necesario continuar avanzando en el proceso de búsqueda de un con-junto de normas que permitan reducir la diversidad contable, siendo conscientes de que los estados financieros son elaborados bajo una cultura que engloba aspectos legales, fiscales, sociales y culturales, así como distintos criterios para el reconocimiento, valoración o publicación, lo que incide directamente en la comprensibilidad y comparabilidad de la información financiera en el ámbito internacional. En consecuencia y ante esta diversidad, los avances realizados en armonización formal deberán ir acompañados de avances materiales, debiendo acompañar a la información financiera de datos macroeconómicos, datos del entorno, así como sobre las políticas de la empresa, para con ello intentar paliar las diferencias generadas por estos factores.

Recebido em 29.11.04

Aceito em 15.03.05

2ª versão em 08.06.05

3ª versão aceita em 26.09.05

NOTA:

Endereço das autoras:

Universidad de Murcia

Facultad de Economía y Empresa

Campus Universitario de Espinardo

Spain 30100

  • Banco Interamericano de Desarrollo. Convergencia con las Normas Internacionales de Normas Contables Internacionales para la Información Financiera Fondo Multilateral de Inversiones (TC-02-01-10-0). Disponible en http://www.iadb.org, 2003.
  • Banco Interamericano de Desarrollo.Información Financiera y Normas Internacionales de Auditoría Fondo Multilateral de Inversiones (CH M1001). Disponible en http://www.iadb.org, 2004.
  • BOVESPA - Bolsa de Valores de Sao Paulo. Novo Mercado 2001.
  • Deloitte Touche. Key Differences Between IFRS and US GAAP Deloitte Touche. 2004.
  • FASB - Financial Accounting Standards Board and IASB - International Accounting Standards Board. Memorandum of Understanding The Norwalk Agreement, October, 2002.
  • ______. International Convergence Financial Accounting Standard Board. 2004.
  • Financial Accounting Standards Board, Canadian Institute of Chartered Accountants, and Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Significant Differences in GAAP in Canada, Chile, Mexico and the United States, 4. ed. Canadian Institute of Chartered Accountants. 2003.
  • IOSCO - International Organisation of Securities Commission. IASC Standards: Report of the Technical Committee of the International Organisation of Securities Comisiones, May, 2000.
  • FIPECAFI - Fundação Inst. de Pesq. Contábeis, Atuariais e Financeiras. Manual de Contabilidade das Sociedades por Ações, 6. ed. Atlas, São Paulo, 2003.
  • PricewaterhouseCoopers. Vantagens de implementar já as normas internacionais de Contabilidade - o caso brasileiro. Similarities and Differences. A comparison of IFRS and US-GAAP Pricewaterhouse Coopers. 2003.
  • ______. Vantagens de implementar já as normas internacionais de Contabilidade - o caso brasileiro. Normas Contábeis internacionais (IFRS), norte-americanas (US-GAAP) e as práticas contábeis adotadas no Brasil 2004.
  • SEC - Securities Exchange Commission. Press release, October, 2002.
  • *
    Agradezco enormemente el trabajo de evaluación efectuado.
  • 1
    Disponible en la página web
  • 2
    El IMCP es el ente regulador de la profesión contable en México, tratándose de un organismo profesional que actúa independientemente del gobierno central, agrupando los diferentes colegios estatales de contadores públicos.
  • 3
    En concreto para México, el estudio concluyó que las diferencias existentes se debían principalmente a la no existencia de normativa específica para determinados tratamientos, así como a la inflación.
  • 4
    La Ley de sociedades brasilera dispuso una metodología simplificada para el cálculo de los efectos de la inflación determinados hasta el 31 de diciembre de 1995. Esta metodología, denominada "Ajuste monetario del balance", consistía en el ajuste de los activos fijos (inversiones, bienes de uso y cargos diferidos) y de las cuentas del patrimonio neto a los índices dispuestos por el Gobierno Federal. El efecto neto del ajuste monetario se contabilizaba en la cuenta "Ajuste monetario del balance", si bien, esta metodología fue suspendida por la Ley Nº 9.249 del 26 de diciembre de 1995.
  • Fechas de Publicación

    • Publicación en esta colección
      09 Jun 2011
    • Fecha del número
      Dic 2005

    Histórico

    • Acepto
      26 Set 2005
    • Recibido
      29 Nov 2004
    • Revisado
      08 Jun 2005
    Universidade de São Paulo, Faculdade de Economia, Administração e Contabilidade, Departamento de Contabilidade e Atuária Av. Prof. Luciano Gualberto, 908 - prédio 3 - sala 118, 05508 - 010 São Paulo - SP - Brasil, Tel.: (55 11) 2648-6320, Tel.: (55 11) 2648-6321, Fax: (55 11) 3813-0120 - São Paulo - SP - Brazil
    E-mail: recont@usp.br